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Indemnizaciones de Tráfico

RECOMENDACIONES BÁSICAS EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRÁFICO O CIRCULACIÓN

1º Pida asesoramiento jurídico y no firme ningún documento sin que sea supervisado y asesorado por un Abogado. Lo mejor es que elija un abogado de su confianza experto en DERECHO DE CIRCULACIÓN. 

2º Tras un accidente de tráfico aunque inicialmente, piense que no han tenido trascendencia las lesiones corporales, siempre es aconsejable acudir al médico en el caso de que existan lesiones, para que emita parte facultativo. 

3º Cuando haya sufrido lesiones, con independencia de que se hayan producido o no daños materiales, debe presentar denuncia, para lo cual tiene un plazo de seis meses siguientes a la fecha del siniestro. 

4º Si a consecuencia del accidente de tráfico sólo sufre daños materiales, cuenta con el plazo de un año siguiente al día del accidente para presentar demanda ante la jurisdicción civil, es decir, ante el Juzgado de Primera Instancia.

5º Debe proceder a comunicar de forma inmediata a la compañía donde tenga su vehículo asegurado el acaecimiento del siniestro.

6º Casi todas las pólizas de seguro tienen asistencia jurídica, pero el asegurado puede elegir entre usar el abogado de la compañía u otro particular. Nuestro consejo es que se utilice un abogado diferente del de la compañía, por poseer en principio mayor independencia; y después la minuta debe ser abonada por la compañía aunque normalmente tienen una cuantía determinada; si la minuta es superior, el exceso tendrá que ser abonado por el cliente.

7º Debe saber que la compañía de seguros en que está asegurado el vehículo que provocó el accidente es la RESPONSABLE DIRECTA DEL PAGO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS DAÑOS derivados del accidente de circulación.

8º Antes de proceder a la aceptación de una indemnización por daños y perjuicios SIEMPRE debe consultar a un Abogado a fin de asesorarle sobre dicha indemnización.

9º A de guardar y conservar todos y cada uno de los documentos relacionados con lesiones o daños materiales, tales como pueden ser los relativos a partes hospitalarios y asistenciales, facturas de reparación del vehículo así como los presupuestos relativos a la reparación del automóvil y los que hagan referencia a los restantes objetos que hayan sufrido daños en el siniestro.

10º Proceda a la realización de fotografías del vehículo y del resto de los objetos y bienes dañados como pueden ser las ropas y equipajes. 

·  Dirección General de la Guardia Civil: http://www.guardiacivil.org
·  Dirección General de la Policía: http://www.policia.es
·  Dirección General de Tráfico: http://www.dgt.es
·  Asociación Nacional de Peritos Judiciales: http://www.peritosjudiciales.com

Coche accidentado